Ante la situación generada por la actual crisis sanitaria del COVID-19, y sus consecuencias directas al sector Retail, entre otros sectores, GRUPO CUMAN, ofrece a sus clientes su amplia experiencia en dicho sector. De cara a la nueva situación jurídica que se va a producir con todos los contratos de arrendamiento vigentes, ponemos a vuestra disposición un servicio de Asesoramiento, totalmente gratuito, para propietarios e inquilinos en la renegociación de sus alquileres, desde este mismo instante.
A causa de las medidas urgentes adoptadas por el Gobierno (RD 463/2020, de 14 de marzo, junto con RD 465/2020, de 17 de marzo y RD-L 8/2020, de 17 de marzo) y sus respectivas prórrogas, nos vemos afectados significativamente con los contratos de arrendamiento de inmuebles. Por tanto, mientras se prolongue el actual estado de alarma, los establecimientos comerciales están temporalmente cerrados por imperativo legal, por lo cual, nos conviene examinar las consecuencias e implicaciones que se derivan de la presente situación para este tipo de contratos de arrendamiento de local de negocio, y así, poder buscar una solución adecuada para ambas partes.
MEDIDAS DE RENEGOCIACIÓN:
- En primer lugar, analizar el Contrato de Arrendamiento, es preciso comenzar nuestro análisis recordando el papel fundamental de la autonomía de la voluntad como piedra angular de la regulación de los contratos privados en nuestro ordenamiento jurídico (artículo 1255 CC). El principio de libertad de pactos entre las partes, con los límites de la ley, la moral y el orden público.
- Siguiente paso, identificar y examinar las cláusulas que prevean este tipo de supuestos excepcionales, y así, considerar la posibilidad de llegar a un acuerdo entre ambas partes (inquilino y propiedad), en base a la buena fe (artículos 7 y 1.258) y la libertad contractual, en vista de los efectos de la pandemia.
- Por último, tras el previo estudio de los contratos, debemos dar soluciones adecuadas a dichas partes, como por ejemplo;
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- Arrendatario (Inquilino): Como pueden ser autónomos y/o pequeñas empresas (pymes) pueden acceder a la línea de avales que ha facilitado el Gobierno, y que permiten el acceso a créditos bancarios gestionados a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), dichas ayudas podrán ser fundamentales para abonar las rentas de alquiler, suministros y demás gastos que genere el negocio.
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- Arrendador (Propiedad): Puede estudiar la reducción parcial de la renta, en la misma proporción a la rebaja de los ingresos del arrendatario, mientras dure la situación de excepcionalidad. Para así, facilitar la recuperación del deudor, de manera que pasado este periodo de crisis, este mismo, no se encuentre con tener una importante cantidad de renta acumulada por abonar a la propiedad por la moratoria de las cuotas.
Dichas propuestas reparten soluciones de manera adecuada para ambos, por los riesgos de esta situación inesperada, y lo hace de forma coherente con la transitoriedad de la excepcionalidad actual. Todo ello, para que en estas circunstancias que estamos sobrellevando, todos podamos darnos la mano y ayudar en la recuperación de la crisis sanitaria y económica.
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